Antecedentes Históricos
Documentos para la Historia de Arboleda (I)
Silvio Aristizabal Giraldo
Las investigaciones históricas sobre Pensilvania han estado centradas básicamente en la cabecera municipal. Es poco lo que se sabe de la periferia, de sus veredas y corregimientos. Por ejemplo, de Bolivia, de sus orígenes y las implicaciones de su cercanía – no solo física – con Manzanares. O de Arboleda y su relación con sus colindantes pueblos de Antioquia y con Dorada y el Magdalena medio. El presente artículo describe la creación del Corregimiento de Arboleda, principalmente a partir de documentos legales que reposan en el Archivo del Concejo Municipal de Pensilvania.[i]
Antecedentes históricos
Arboleda es un corregimiento perteneciente al municipio de Pensilvania, en el oriente del departamento de Caldas. Sus antecedentes históricos se remontan a la época de la Colonia, si nos atenemos a lo escrito por el historiador pensilvense José Néstor Valencia:
Arboleda, al menos por región, tiene sobre Pensilvania alusiones históricas dignas de tenerse en cuenta, pues fue conocida en los tiempos de la colonia cuando se explotaban minas de oro precisamente en la altura donde está asentada la población actual. Dice Guillén Chaparro: nace este río de Samaná en la provincia de Palenque a donde se descubrieron muchas vetas de oro muy ricas y en toda provincia las hay… Están las dichas vetas en una loma, la más alta de la dicha provincia, hacia donde sale el sol…[ii]
Los planteamientos sobre lo escrito por el cronista del siglo XVI, Francisco Guillén Chaparro, son corroborados –según Valencia – por la tradición de los vecinos de Arboleda. sobren cuanto a los orígenes del caserío escribe Heriberto Zapata Cuencar en su Monografía histórica de Sonsón: “Hacia el año de 1873 comenzó a gestarse una nueva población. Mineros de Pensilvania y de Sonsón dieron principio al caserío de Arboleda, en jurisdicción de Sonsón pero que hoy pertenece a Pensilvania en el Departamento de Caldas”. Más adelante, agrega el mencionado autor: “El Informe del Visitador del Departamento del sur, señor Luis Ma. Botero, rendido el 30 de marzo de 1873, decía que había en el Distrito [de Sonsón] dos fracciones regidas por un corregidor cada una… Arboleda y San Faustino…[iii]No obstante, cabe anotar que Pensilvania comenzó a funcionar como municipio en enero de 1872, es decir, antes de que Arboleda fuera creado como corregimiento adscrito a Sonsón. Zapata reconoce que el comienzo del poblado de Arboleda fue obra de mineros, aunque atribuye la fundación al presbítero Daniel Florencio Sánchez (1847 – 1934), quien además fundó a San Narciso, hoy Florencia, e inició la construcción de la iglesia en ambos pueblos.
La explotación minera fue uno de los incentivos principales para la colonización antioqueña, además de la pobreza y de la escasez de tierras en el centro de la provincia. En el caso que nos ocupa, lo afirma Zapata y lo reitera Valencia: “Arboleda como caserío consecuente de la existencia de la mina de Riodulce, queda precisamente en la única vía de entrada desde Antioquia hacia Pensilvania”.[iv] Pero hay otro aspecto que, a juicio del Visitador Luis María Botero, confería importancia a la región y al cual vale la pena referirse: la cantidad y diversidad de especies vegetales, que en parte todavía subsisten (por ejemplo en la selva de Florencia y las montañas de Samaria). Dice el Informe de Visita:
Si todo este territorio tan desconocido, tan olvidado, tiene tanta riqueza minera, si la cordillera central tiene aquí bases de plata, si una red de filones cruza este vasto campo, hay todavía otra riqueza de más lejana explotación, es la riqueza vegetal […] Los célebres botánicos Gustavo Willis y Benito Roezl llevaron de nuestros bosques más de 200 cajas de plantas y entre ellas nuevas familias y preciosas variedades con las cuales han enriquecido los hermosos jardines de Bélgica y Alemania. La ignorancia nos hace hollar con planta irreverente estas riquezas ante las cuales se arrodilla un naturalista porque forman un altar para la ciencia.[v]
Los habitantes de la capital antioqueña, en la segunda mitad del siglo XIX, consideraban las zonas de colonización “distantes”, “inhóspitas, y “salvajes”. En esa perspectiva, las autoridades civiles y religiosas de Medellín veían en los colonos que se desplazaban hacia el suroeste y el sur no a los “campesinos pujantes” descritos en la “novela rosa de la colonización antioqueña”,[vi] sino a gente desterrada, perseguida o expulsada por la pobreza, el orden existente y los prejuicios sociales. Las nuevas fundaciones eran consideradas como refugio de delincuentes, vagos y enemigos del gobierno. De Manizales, por ejemplo, se decía que era “un punto de reunión de los más famosos criminales de todas partes”.[vii] Y de Valparaíso, que estaba “poblado por vagabundos inútiles, cuya sola ocupación era lavar oro del río Cauca durante la estación de verano”.[viii] Podemos sospechar ¡cuál sería el imaginario que se tenía sobre los colonos que se atrevían a internarse en las inhóspitas montañas de Sonsón! Un indicio de este imaginario puede leerse en la Circular N° 26 del 21 de marzo de 1871, enviada desde Salamina, por la Prefectura del Departamento del Sur al Inspector de Policía de Pensilvania, haciendo referencia a dos circulares del Presidente del Estado Soberano de Antioquia:
[…] Hay en los pueblos muchas gentes baldías a quienes es preciso perseguir para evitar el contagio de su pereza, de sus malos hábitos y de sus tendencias disociadoras. Es preciso que contra ellos la autoridad de Ud. sea inexorable, con el fin de ahogar en su origen los malos resultados a que da engendro semejante modo de vivir. Perseguir a los malos es tanto como cegar las fuentes del delito y dar seguridad a los buenos ciudadanos en sus personas y sus propiedades. Recomiendo también a Ud. el aseo de la población como un medio legítimo y preventivo de las enfermedades epidémicas y como una muestra de orden, de progreso y de cultura […][ix]
Las autoridades civiles y religiosas tenían una gran preocupación por el tipo de sociedad que se iba formando en las áreas colonizadas, donde era factible que sus habitantes adoptaran un modelo de vida “feraz y silvestre”, mediante las uniones por fuera de las normas de la iglesia, la relajación de las costumbres y creencias cristianas, el debilitamiento de la institución familiar y los valores predominantes.[x] Esta preocupación permite comprender las razones por las que, una vez identificado un nuevo núcleo poblacional, se buscaba ejercer control social sobre sus habitantes, a través de autoridades de policía y con la presencia del sacerdote encargado de celebrar el culto, administrar los sacramentos y promover las asociaciones religiosas de hombres, mujeres, jóvenes y niños.
Pero volvamos al acontecer histórico de Arboleda: dice Zapata que en 1891, el Concejo municipal de Sonsón, mediante el Acuerdo número 9, suprimió dicho corregimiento. Esto sucedía 20 años después de creado el municipio de Pensilvania. Lo acontecido durante ese lapso en relación con la administración de Arboleda, solo se sabrá con una investigación detallada en los archivos municipales de Sonsón y Pensilvania. Al parecer, el ordenamiento territorial no estaba claro, puesto que, según escribe Zapata, la División territorial de la República de Colombia, publicada en 1905, con el listado de los corregimientos, incluye a Arboleda como parte del municipio de Sonsón.[xi]Según relata Valencia “Hasta marzo de 1901 el territorio correspondiente a lo que hoy es la parroquia de Arboleda fue mantenido fuera del municipio [Pensilvania] y “perteneció a Sonsón y Nariño en lo tocante a su administración religiosa”. Dice también Valencia que el padre Daniel María López, una vez creada la diócesis de Manizales, atendía, primero desde San Agustín (hoy Samaná) y Florencia y, luego desde Pensilvania (1918 – 1928), a los habitantes de Arboleda. Igualmente fue el padre López “el verdadero creador de la parroquia” de Arboleda, puesto que “le correspondió abrir los libros, edificar la capilla y una modesta vivienda para el sacerdote, además de la dotación inicial de la iglesia parroquial”.[xii]
Creación del Corregimiento
Acuerdo N° 1 del 25 de diciembre de 1907. Por el cual se crea un Corregimiento.
El Concejo Municipal de Pensilvania en uso de sus facultades legales y Considerando
1°- Que es deber de los Concejos Municipales propender por el desarrollo, prosperidad y adelanto de las fracciones que están dentro del territorio de su jurisdicción.
2°- Que en el punto denominado Arboleda de este Municipio hay ya un caserío de alguna significación, el cual se encuentra un poco retirado de esta cabecera, lo cual dificulta su administración directa, y siendo de gran utilidad para sus vecinos el tener allí un Corregidor a quien acudir en sus querellas.
Acuerda:
Art. 1°- Créase el Corregimiento de Arboleda en el punto donde hoy existe, cuyo territorio será demarcado por los siguientes linderos: “De la confluencia del Riodulce en el río Samaná, este arriba hasta el punto denominado La Samaria; de aquí siguiendo por el camino que conduce a esta cabecera hasta el Riodulce; este abajo hasta encontrar con el río Samaná, punto de partida.
Art. 2°.- El presente Acuerdo empezará a regir cuando sea aprobado y sancionado por las Entidades superiores a quienes corresponde.
Fue discutido y aprobado en dos debates que tuvieron lugar en dos días distintos. Dado en Pensilvania a veinticinco de diciembre de mil novecientos siete. El Presidente, Francisco Buitrago. El Secretario, Francisco A. Gil.
El Acuerdo N° 1, fue sancionado el 30 de diciembre de 1907, por el Alcalde municipal “en uso de las facultades que le concede el Art. 226 del Código Político y Municipal en su inciso 15, Publíquese, ejecútese y expídanse las copias del caso. Luis Aristizábal, Alcalde y Ramón Zuluaga, Secretario”.
Una vez expedida la norma fue enviada al alcalde provincial para su aprobación, antes de ser remitida a la Gobernación del departamento. Era el camino a seguir, teniendo en cuenta el nuevo ordenamiento territorial, establecido ese mismo año, que creaba las provincias como figura intermedia entre el municipio y el departamento. El presidente Rafael Reyes, mediante el Decreto 763 del 29 de junio de 1907, creó la Provincia de Manzanares, como parte del departamento de Caldas. La nueva Provincia, con capital Manzanares, estaba conformada, de una parte, con los municipios de Pensilvania y San Agustín (Samaná) sustraídos a la Provincia antioqueña de Aures, cuya capital era Sonsón, y de otra, con los municipios de Manzanares, Victoria y Marulanda sustraídos de la Provincia tolimense de Honda.[xiv]
La respuesta del alcalde provincial reza así:
Alcaldía Provincial Manzanares, Enero tres de mil novecientos ocho. Recibido hoy. Remítase a la Gobernación con la advertencia de que esta Alcaldía ha solicitado del Señor Presidente del Concejo de Sonsón los linderos del Corregimiento de Florencia y que una vez recibidos los remitirá para lo que pueda convenir al fijarse límites al Corregimiento de Arboleda, si el Acuerdo precedente mereciera ser aprobado.
El Alcalde Provincial, Jesús María Arias J.
Marco E. Agudelo. Así procedo, Agudelo.
Ocho meses después, en agosto de 1908, la Gobernación envió la respuesta basada – como se lee en el texto – en el informe de visita del alcalde provincial al territorio bajo su jurisdicción:
Remítase este Acuerdo al H. Concejo Municipal de Pensilvania para que si lo tiene a bien se sirva modificarlo en el sentido de fijar por límites del Corregimiento de Arboleda los que estime conveniente el Sr. Alcalde Provincial, según el informe que ha rendido de su última visita a la Provincia, que son los siguientes:
Del nacimiento del “Riodulce” en el Valle alto del páramo de “San Félix”, río abajo al “Samaná”; este, río arriba a su nacimiento en “Loma Hermosa” en la cordillera Central; de aquí por esta cordillera en dirección Sur, hasta el nacimiento del “Riodulce”, primer punto de partida.
Reformado así el Acuerdo, la Gobernación tendrá gusto en aprobarlo y procurar que rigiera para el año próximo.
Alejandro Gutiérrez.
Registrado, 1 N° 11 Libro de Registro. El oficial de Registro Ricardo Mejía. Gobernación del Departamento Manizales Agosto treinta y uno de mil novecientos ocho.
Es casi seguro que la decisión de la Gobernación prendió las alarmas en Pensilvania, por la posibilidad que implicaba de perder una parte importante de su territorio. Como afirma el Concejo, en la súplica al Gobernador (citada más adelante) era posible que en poco tiempo Arboleda se convirtiera en distrito y, en consecuencia, se separara de Pensilvania, disminuyendo la extensión de esta última. Si a esto se añade que las relaciones con Manzanares habían sido tensas, por motivos de límites entre ambas jurisdicciones, es apenas lógico suponer que el temor de los pensilvenses aumentaría. Según José Néstor Valencia, “al parecer”, la Comisión Corográfica Agustín Codazzi tuvo el error de situar el nacimiento del río La Miel en los Valles Altos y no en el cerro Camello o Picona, donde en realidad se origina. Tal error “dio origen a una disputa por linderos entre los Estados de Antioquia y Tolima y los respectivos obispados de Medellín y Bogotá”. La pugna afectó las relaciones entre Manzanares y Pensilvania. Valencia cita una carta del párroco de Manzanares al Arzobispo de Bogotá, en 1869: “…innumerables son las peticiones que ora el que habla en su humilde condición de párroco, ora el poder civil dicta en esta hemos hecho desde que nuestros hermanos de Pensilvania empezaron a poner en juego el arma de Satanás, es decir la mentira para sustraerse de este arzobispado, y estado del Tolima”.
En lo eclesiástico el asunto se resolvió con un decreto del Vaticano del 22 de marzo de 1893, que establecía definitivamente los límites de ambos obispados por el río La Miel. Con todo, Valencia advierte: “En la parte eclesiástica seguramente desaparecieron los roces pero en la parte civil continuaron aún con casos violentos que enardecieron los ánimos”.[xv] Si los conflictos entre las dos poblaciones, tuvieron alguna incidencia en la propuesta de linderos del nuevo Corregimiento de Arboleda, presentada por el alcalde provincial de Manzanares, es algo que desconocemos. Tampoco conocemos cuál fue la reacción de los pensilvenses cuando Manzanares fue designada como capital de la recién creada provincia. Conviene saber que el ordenamiento territorial, establecido por el presidente Reyes, duró solo un año, ya que en 1908 fueron suprimidas las provincias y se decidió que en adelante los departamentos estarían conformados por municipios.
Un mes después de recibir el comunicado del Gobernador, el Concejo de Pensilvania remitió al mandatario una solicitud con una propuesta de linderos diferente de los contenidos en el Acuerdo N° 1 y de los planteados por el alcalde provincial:
Presidencia del Consejo Municipal. Pensilvania septiembre diezyocho de mil novecientos ocho. Resuelto en sesión de esta fecha.
Suplicarle al señor Gobernador se sirva crear el Corregimiento por los siguientes linderos; Del desemboque de Quebradanegra en el Riodulce, línea recta a los nacimientos del Samaná, este abajo a sus encuentros con el Riodulce; este arriba a la desembocadura de Quebradanegra, punto de partida. Los motivos en que se funda el Concejo para dejarle la parte alta a este Municipio y que no es de mucha consideración, son los siguientes:
1° La parte que no figura dentro de los límites señalados por el señor Gobernador está inculta y más cercana a Pensilvania que al caserío de Arboleda y por consiguiente más pronto se adaptará a la agricultura.=
2° No muy tarde llegará el día en que San Agustín, Florencia y Arboleda sean erigidos en Distritos y al asignarles los límites quedará Pensilvania reducida a un circuito pequeñísimo, y por consiguiente su progreso será nulo y mucho más si desde hoy pretende anularse.=
3° El territorio que se le asigne por los linderos que insinúa este Concejo a Arboleda es muy extenso y riquísimo, puesto que todo es vertiente del Samaná cuya riqueza mineral y agrícola es conocida desde tiempo inmemorial. No obstante el Concejo Municipal de Pensilvania no será obstáculo para que el señor Gobernador obre con su espíritu elevado y progresista. = Cópiese y envíese por conducto de la Alcaldía Provincial. = El Vicepresidente, encargado de la Presidencia, Jesús A. Peláez = Francisco A. Gil Srio.
Es copia, Pensilvania, septiembre 18 de 1908. Francisco A. Gil.
Al mes siguiente llegaría el oficio de la Gobernación accediendo a la petición del Concejo municipal:
Gobernación del Departamento, Manizales Octubre diez y nueve de mil novecientos ocho.
Remítase de nuevo este Acuerdo N° 1 al H. Concejo Municipal de Pensilvania, porque aunque esta Gobernación aprueba los límites del Corregimiento de Arboleda como los fija el informe de la Honorable Presidencia del Concejo, en referencia, se necesita que dichos límites o linderos vengan insertos en el mencionado acuerdo, de manera que el acuerdo debe rehacerse.
Alejandro Gutiérrez [Gobernador]. El Srio General José Jesús Restrepo.
De esta manera se daba vía libre por parte del gobierno departamental a la creación del Corregimiento.
Acuerdo N° 16 de 27 de Noviembre de 1908
Por el cual se reforma el marcado con el N° 1 de 25 de Diciembre de 1907
El Concejo Municipal de Pensilvania, en uso de sus facultades legales y,
Considerando
1°.- Que es deber de los Concejos Municipales el propender por el desarrollo y prosperidad de las fracciones que están dentro del territorio de su jurisdicción.
2°.- Que en el punto denominado “Arboleda” de este municipio hay un caserío de alguna significación, el cual se encuentra un poco retirado de esta cabecera, lo cual dificulta la administración directa, y siendo de gran utilidad para sus vecinos el tener allí un Corregidor a quien ocurrir en sus querellas.
Acuerda
Art. 1°.- Créase el Corregimiento de “Arboleda” en el punto en donde hoy existe, cuyo territorio será el demarcado por los siguientes linderos: de la desembocadura de Quebradanegra en el Riodulce, línea recta a los nacimientos del río Samaná; este abajo a sus encuentros con el Riodulce; este arriba hasta la desembocadura de Quebradanegra, punto de partida.
Art. 2°.- El presente Acuerdo empezará a regir desde su promulgación por bando después de ser aprobado por la Gobernación.
Fue discutido y aprobado en dos debates que tuvieron lugar en dos días distintos.
Dado en Pensilvania a veintisiete de noviembre de mil novecientos ocho.
Silverio Buitrago, Francisco A. Gil.
Este Acuerdo N° 16 fue aprobado por la Gobernación del Dpto. el día 28 de noviembre de mil novecientos ocho, pues el acuerdo N° 1 de 25 de diciembre de mil novecientos siete fue objetado por el Sr. Gobernador. Consúltese en los archivos de esta oficina y de la Alcaldía.
Pensilvania Septiembre 20 de 1934.
Miguel Pineda Ospina.
Con la aprobación de la Gobernación del departamento de Caldas del nuevo Acuerdo expedido por la Corporación municipal, se legalizaba de manera definitiva la creación del Corregimiento de Arboleda.
Notas
[i] Los documentos legales citados fueron consultados en su totalidad en: Concejo Municipal de Pensilvania. Acuerdos 1882 – 1919. Agradecimiento especial a Juan Diego Suárez, Secretario del Concejo, por su permanente y decidida colaboración. Igualmente a Dahian García, quien en 2016 laboraba para el Concejo.
[ii] Valencia Z., José Néstor (1975). Pensilvania o cien años de fe. Manizales: Apolo, p. 89.
[iii] Zapata Cuencar, Heriberto (1971). Monografía histórica de Sonsón. Medellín: Granamérica. Colección Municipios de Antioquia. Disponible en:
[iv] Valencia, Z., 1975, obra citada.
[v] Archivo Histórico del Departamento, Tomo 2755, citado por Zapata Cuencar, obra citada, 1971.
[vi] Roberto Luis Jaramillo describe la “novela rosa de la colonización antioqueña” en los siguientes términos: “Quienes han manejado el poder político, la historia y los medios de comunicación nos inventaron una novela rosa en la que los protagonistas son un antioqueño (el guapo, titán del trabajo), un tiple, un hacha y un rosario. Todo esto, más la bendición de una madre, un perro y un bambuco hacía que cayeran árboles, naciera el maíz se multiplicara la familia, y que el título de propiedad era milagro del cielo u obra de caridad de un terrateniente” (La otra cara de la colonización antioqueña hacia el sur. Revista de Extensión Cultural. Medellín, Universidad Nacional de Colombia, N° 18, p´. 34). Véase también: La novela rosa de la colonización antioqueña, por Silvio Aristizábal Giraldo Blog Pensilvaniando : http://www.pensilvaniaciento50.wordpress.com
[vii] Vélez Rendón, Juan Carlos (2002). Los pueblos allende el río Cauca: la formación del suroeste y la cohesión del espacio en Antioquia, 1830-1875. Medellín: Universidad de Antioquia, p. 140.
[viii] Parsons, James (1979) La colonización antioqueña en el occidente de Colombia. Bogotá: Carlos Valencia, p. 114
[ix] Pensilvania, Archivo del Concejo Municipal, 1869. Libro 1 DOCUMENTOS FUNDACIÓN.
[x] Vélez Rendón, 2002, obra citada. Un ejemplo de esta preocupación, se observa en oficio de la Prefectura del Departamento del Sur al Inspector de Policía de Pensilvania el 20 de septiembre de 1870, referido a Nepomuceno Gómez, vecino de Santa Rosa de Osos y casado, quien abandonó, sin justa causa, a su legítima esposa, Concepción Rúa, y se encuentra actualmente en esa fracción, según dicen, amancebado con Bárbara Echeverri. Se solicita al Inspector aplicarle la ley al mencionado individuo (Pensilvania. Archivo del Concejo. Documentos de la Fundación del Municipio, Oficio 292)
[xi] Diario Oficial, números 12366 y 12367 (citado por Zapata Cuencar).
[xii] Valencia Z., 1975, obra citada, páginas 88, 89 y 90.
[xiv] De los Ríos Tobón, Ricardo (2005), Los 30 mapas de Caldas integraciones y desintegraciones. Impronta Revista de la Academia Caldense de Historia. Año 3, N° 3.
[xv] Valencia Z, 1975, obra citada, pp. 44 – 46, negrilla añadida. Escribe Valencia: “Desde octubre de 1869 la curia de Bogotá hacía saber al párroco de Manzanares que tenía derechos sobre Pensilvania. En vísperas de la creación de la parroquia de Pensilvania, el señor Obispo de Medellín propuso al de Bogotá un arreglo provisional de límites por el río Caunce. Pero cuando se supo la noticia de la futura erección de la parroquia de Pensilvania, la reacción en Manzanares fue agria”. El Arzobispo de Bogotá en un decreto del mismo año, expresa: “no reconocemos los límites señalados por el Ilmo. S. Obispo de Medellín… por cuanto invaden una parte del territorio que corresponde a nuestra Arquidiócesis…” (p. 45).1
1. por Silvio Aristizábal Giraldo Blog Pensilvaniando : http://www.pensilvaniaciento50.wordpress.com